San José gana juicio a la Seguridad Social y cobrará una pensión

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Registro: 27/05/2008

Publicado hace 3 horas y 47 minutos
Editado 1 veces - Última vez hace 3 horas y 46 minutos
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Mikel San José gana un juicio a la Seguridad Social y cobrará una pensión por incapacidad de 1.600 euros brutos al mes
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco da la razón al excentrocampista del Athletic y ve reconocida su retirada del fútbol por las lesiones

https://www.elcorreo.com/athletic/mikel-san-jose-gana-juicio-seguridad-social-20260129185543-nt.html

Respuestas al tema

Mostrando (136 - 150) de 168 respuestas

Respuesta #136
hace 1 hora y 42 minutos
Editada hace 1 hora y 41 minutos
Cita de bizkaia64:
Cita:


Coño, que estamos hablando del.caso de San José, no?


Si la pensión por incapacidad es por accidente son 12 pagas.

Si es por enfermedad común o accidente no laboral son 14.
Habría que ver en la sentencia la causa de la baja y por tanto la causa de la demanda en la petición de pensión por incapacidad.


También por enfermedad laboral, 12 pagas, los del amianto por ejemplo.

Entiendo que cuando hablan de dias de baja en su trabajo lo.meten por laboral.

Respuesta #137
hace 1 hora y 41 minutos
Si tan jodido estaba, porque se fue a la segunda inglesa y al amorebieta a jugar, aparte que jugo 27 partidos con el amore.
Algo no me cuadra......que necesidad
Respuesta #138
hace 1 hora y 39 minutos
Cita de Tittyshev:
Cita:
A ver, si es co.o dices, la justicia decidira, y nadie defiende eso y poner a Tellez como ejemplo no me vale porque Tellez no ha tenido, ni tuvo ninguna lesion que le impidiese trabajar, simplemente se arruino con unas inversiones inmoviliarias y siguio su vida trabajando, por cierto, buen tipo Oscar.


Yo lo he puesto como ejemplo de que puede estar capacitado para otros trabajos. Además que como el magistrado alega, se retira a una edad dónde la mayoría de compañeros de profesión lo hacen. Si el caso fuese un Rubén De La Red, que lo tiene que dejar con toda una carrera por delante, y en mitad de una temporada, sería lo lógico recibir la pensión. Puesto que ya no estás capacitado para ejercer la profesión que estás desarrollando. O aquel jugador del Zaragoza (César creo que se llamaba) que Figo lo lesiona tras una entrada criminal. Es que es como si me pongo a pedir una incapacidad a los 63 años alegando que me quería jubilar a los 65.
No sé si me explico...
Pues es que igual Mikel con su espalda no puede cargar maletas en Barajas, eso es una decision del tribunal, que seguramente se pueden cambiar algunas cosas , pero joder, si tiene derecho, es injusto que se le niegue.

No quieren vernos, pero aquí estamos

Respuesta #139
hace 1 hora y 38 minutos
Editada hace 1 hora y 37 minutos
Cita de txitxarra:
Cita:


Si la pensión por incapacidad es por accidente son 12 pagas.

Si es por enfermedad común o accidente no laboral son 14.
Habría que ver en la sentencia la causa de la baja y por tanto la causa de la demanda en la petición de pensión por incapacidad.


También por enfermedad laboral, 12 pagas, los del amianto por ejemplo.

Entiendo que cuando hablan de dias de baja en su trabajo lo.meten por laboral.



Correcto no he puesto por accidente y no he puesto por enfermedad profesional es lo mismo, son las únicas que las pagas están prorrateadas.

Al final el importe anual es el mismo, pero unas se cobran en 12 y las otras en 14.

Respuesta #140
hace 1 hora y 37 minutos
Cita de bizkaia64:
Cita:


También por enfermedad laboral, 12 pagas, los del amianto por ejemplo.

Entiendo que cuando hablan de dias de baja en su trabajo lo.meten por laboral.



Correcto no je puesto por accidente o por enfermedad profesional es lo mismo, son las únicas que las pagas están prorrateadas.

Al final el importe anual es el mismo, pero unas se cobran en 12 y las otras en 14.



Asi es
Respuesta #141
hace 1 hora y 37 minutos
Cita de bizkaia64:
Cita:


Coño, que estamos hablando del.caso de San José, no?


Si la pensión por incapacidad es por accidente son 12 pagas.

Si es por enfermedad común o accidente no laboral son 14.
Habría que ver en la sentencia la causa de la baja y por tanto la causa de la demanda en la petición de pensión por incapacidad.

A mi lo de SanJo, solo me encaja en Enfermedad profesional.

Tengo claro que accidente no lo es (o no debería serlo) y enfermedad común tampoco.
Respuesta #142
hace 1 hora y 36 minutos
No, si encima habrá que darle las gracias por haber pagado impuestos mientras era jugador   

Si tiene derecho a pedirla, pues muy bien. Igual se ha arruinado, no sería el primero




Respuesta #143
hace 1 hora y 35 minutos

   No quiero ser malpensado pero...

   Llorente se lesiona la espalda, va al tribunal y le dan lo mismo que a Sanjo, El Correo le diría que fuese a cosechar peras?
Respuesta #144
hace 1 hora y 33 minutos
Editada hace 1 hora y 32 minutos
me parece un sinvergüenza, así de claro. Esas ayudas no son para millonarios.
Respuesta #145
hace 1 hora y 31 minutos
Cita de Vamoaveee:

   No quiero ser malpensado pero...

   Llorente se lesiona la espalda, va al tribunal y le dan lo mismo que a Sanjo, El Correo le diría que fuese a cosechar peras?


Así es. El Correo es el medio más sensacionalista y rastrero de todo Euskadi.
Respuesta #146
hace 1 hora y 29 minutos
Cita de csxbel:
Cita:


Si la pensión por incapacidad es por accidente son 12 pagas.

Si es por enfermedad común o accidente no laboral son 14.
Habría que ver en la sentencia la causa de la baja y por tanto la causa de la demanda en la petición de pensión por incapacidad.

A mi lo de SanJo, solo me encaja en Enfermedad profesional.

Tengo claro que accidente no lo es (o no debería serlo) y enfermedad común tampoco.


Puede ser por una lesión en la espalda seria lo mas logici, pero puede ser por accidente no laboral si ha alegado una caída y la lesión en la espalda, no sabemos los argumentos de la demanda.

Existen muchos deportistas vascos que cobran pensión por incapacidad que yo conozca Marino Lejarreta después de la caída en Autzagane en el GP de Amorebieta su última temporada.
Beloki también después de la caída en su último Tour.
Roberto Laiseka también no me acuerdo la causa.
Respuesta #147
hace 1 hora y 15 minutos
Cita de Vamoaveee:


    Sanjo ha debido percibir unos 20 millones de euros durante su carrera profesional, en bruto y por ejemplo.

    De esos 20 millones, el 45% se ha ido al tesoro público, del cual nos hemos beneficiado todos, es decir, unos nueve millones.

    En el transcurso de su carrera profesional, ha adquirido una serie de dolencias que alterarán el resto de su vida familiar y cotidiana.

    Pero aquí soltamos tres cuñaladas traperas y a seguir.

    Está en todo su derecho a reclamar y cobrar, por algo aportó ese pastizal al erario, pero no, vamos a dar cera al muñeco que nos aburrimos

+1000. Cuánta cuñadez demagoga!
Respuesta #148
hace 1 hora y 15 minutos
Cita de - jon -:
Cita:


La incapacidad permanente total, no es contributiva en Bizkaia

Confundes contributiva con que estén exentas de IRPF. Y aun así, hay más matices.

Así es, contributiva es la derivada de haber realizado cotización a la SS.
La que no paga IRPF es la incapacidad permanente ABSOLUTA y se cobra el 100% de la pensión bruta.
La de Sanjo entiendo que es la incapacidad permanente TOTAL, que solo te impide realizar las tareas de tu profesión habitual, se cobra el 55% de la base reguladora y paga IRPF.
Luego hay varios matices más según casos.
Otra puntualización, en España lo normal es que como máximo se cotice a la SS por un máximo sueldo de 60.000€, el que Sanjo haya ganado millones es irrelevante de cara a la cotización a la SS. Por otra parte la cotización a la SS se hace al estado, el IRPF a Bizkaia

Soy responsable de lo que digo, no de lo que tú hayas entendido.

Respuesta #149
hace 1 hora y 14 minutos
Cita de Tittyshev:
Cita:
A ver, si es co.o dices, la justicia decidira, y nadie defiende eso y poner a Tellez como ejemplo no me vale porque Tellez no ha tenido, ni tuvo ninguna lesion que le impidiese trabajar, simplemente se arruino con unas inversiones inmoviliarias y siguio su vida trabajando, por cierto, buen tipo Oscar.


Yo lo he puesto como ejemplo de que puede estar capacitado para otros trabajos. Además que como el magistrado alega, se retira a una edad dónde la mayoría de compañeros de profesión lo hacen. Si el caso fuese un Rubén De La Red, que lo tiene que dejar con toda una carrera por delante, y en mitad de una temporada, sería lo lógico recibir la pensión. Puesto que ya no estás capacitado para ejercer la profesión que estás desarrollando. O aquel jugador del Zaragoza (César creo que se llamaba) que Figo lo lesiona tras una entrada criminal. Es que es como si me pongo a pedir una incapacidad a los 63 años alegando que me quería jubilar a los 65.
No sé si me explico...

A Ruben de la Red nunca le va a compensar la seguridad social el pastón que habría ganado si no llega a tener un problema cardiaco. Cobrará su pensión pero es una miseria en comparación.

EUSKAL SELEKZIO OFIZIALA!

Respuesta #150
hace 1 hora y 13 minutos
Me recuerda a la polémica creo que en Madrid sobre las ayudas o becas para todos, incluyendo las familias con patrimonios desorbitados.

Que oye, tienen derecho como todos, es lo justo. Pero no es equitativo.


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