Monográfico grada de animación

Mensajes: 3.537
Registro: 25/05/2009

Publicado el 9 de febrero a las 21:33
Leído: 16.538
En su última comparecencia Jon uriarte anuncio un monográfico de la Grada de Animación previsto para esta próxima semana para profundizar en este espinoso asunto. Insistió en que los cánticos ofensivos no son exclusiva del Villamarín y reclamó altura de miras. Mientras, los huelguistas insisten en una nueva nota que el entuerto está lejos de solucionarse

Ayer los jugadores se acercaron al finalizar el partido a la Herri Harmaila, y estos animaron durante el partido, aunque de forma más discreta que en otros partidos, hechos que hacen apaciguar tensiones anteriores, el hecho desagradable los pitidos de parte del resto del estadio cuando estos empezaron con sus cánticos, pena que en vez de silbar no animen más al equipo, poco aportan estás actuaciones que llevan a la división

Esperemos que en el monográfico la junta busque soluciones a este conflicto, es complicado pero yo confío en que se van a tender puentes y por ambas se va a buscar lo mejor para el Athletic

Respuestas al tema

Mostrando (211 - 225) de 277 respuestas

Respuesta #211
el 10 de febrero a las 13:46
Cita de gaztelugatxe:
Cita:


El "Problema" es que la JD no puede concederles NADA de lo que piden, porque unas cosas directamente quedan fuera de su ámbito (como es la seguridad en los recintos deportivos y la ley que lo regula o como cambiar el reglamento del club)

y permíteme que de detenga de nuevo en lo de cambiar el reglamento, la JD no puede hacerlo sin la asamblea y la asamblea no va a votar para cambiar una norma que no tiene ningun defecto de forma y que esta perfectamente redactada para proteger los intereses del club, si la ertzaintza se aprovecha de esa norma para putear a ICHH es un tema entre ICHH y la Ertzaintza, no por eso el club debe modificar esa norma.

Por otro lado es una normativa aprobada democráticamente, no se puede cambiar porque 4, 40 o 200 lo pidan, su modificación no compete a la JD sino a la asamblea, el club ya provee de herramientas para convocar una junta extraordinaria para tratar ese punto a cualquier socio o grupo de socios que cumpla los requisitos para convocar una junta extraordinaria.

¿Entonces que postura quieren que adopte la JD si NO LE COMPETE NINGUNA DE LAS COSAS QUE LE PIDEN? ¿cual es la postura benevolente o ese puente de plata que mencionas? ¿incumplir la legislación vigente? ¿pasarse por el forro una norma que se ha aprobado democráticamente por los socios? porque eso generaría otros problemas, problemas gordos de verdad para el club.



Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.

60 DÍAS DE BANEO POR LLAMAR SINVERGÜENZA A UN PERSONAJE PUBLICO.

Respuesta #212
el 10 de febrero a las 13:47
Cita de RoccoSifredi:
Cita:

Animaron contra los checos, pero al ver que los jugadores no se acercaban, montaron en cólera.
Cada vez se encierran más en sí mismos.

Un poco por falta de madurez (independientemente de la edad) y un poco por no saber comunicar. Han sido muy malos comunicando. Están muy acostumbrados a que unas generalidades y vaguedades les valga para gestionar su entorno. Pero ahora hay más entornos implicados, que requieren más detalles y precisión en los datos.


Si no mintiesen seria un gran paso.

Yo no me atrevo a decir tanto.
La información, desde luego, es insuficiente.

Aurrera, aurrera. Kopa da gurea.

Respuesta #213
el 10 de febrero a las 13:47
herri harmaila aurrera
Respuesta #214
el 10 de febrero a las 13:48
Cita de Aurrera-beti:
Cita:


Si no mintiesen seria un gran paso.

Yo no me atrevo a decir tanto.
La información, desde luego, es insuficiente.


El dia que admitan que les pillaron metiendo la pirotecnia a la final y piden perdon, daran un gran paso.




https://freeimage.host/i/3fgQsQR

Respuesta #215
el 10 de febrero a las 13:53
Cita de TWIR:
Cita:


Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.

Esa norma tendrán que clarificarla en la rueda de prensa, porque según un comunicado anterior, el club no tiene constancia de las sanciones administrativas salvo que impliquen prohibición de acceso a recintos deportivos. Si la txaraina multa a alguien por subirse a una barandilla o fumarse una trompeta, se lo comunica al Athletic? No vulnera eso cualquier regulación sobre protección de datos?

  ▲
▲ ▲

Respuesta #216
el 10 de febrero a las 13:53
Cita de TWIR:
Cita:


Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.

Esa norma tendrán que clarificarla en la rueda de prensa, porque según un comunicado anterior, el club no tiene constancia de las sanciones administrativas salvo que impliquen prohibición de acceso a recintos deportivos. Si la txaraina multa a alguien por subirse a una barandilla o fumarse una trompeta, se lo comunica al Athletic? No vulnera eso cualquier regulación sobre protección de datos?

  ▲
▲ ▲

Respuesta #217
el 10 de febrero a las 13:55
Cita de TWIR:
Cita:


Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.


La norma si puede adolecer de defecto al imponer una sanción en base a una sanción que no es firme, ya que puede atentar contra derechos del socio. Otra cosa, es que se dicte la sanción pero que se suspenda de manera cautelar hasta la firmeza del procedimiento que da origen a la sanción.

Por supuesto, hay que ver la causa del procedimiento origen administrativo para optar por la suspensión cautelar.

¿Se deben proteger los intereses del Club? Si. ¿Se deben tambien proteger los derechos del socio? Tambien
Respuesta #218
el 10 de febrero a las 13:58
Cita de athleman:
Cita:


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.

Esa norma tendrán que clarificarla en la rueda de prensa, porque según un comunicado anterior, el club no tiene constancia de las sanciones administrativas salvo que impliquen prohibición de acceso a recintos deportivos. Si la txaraina multa a alguien por subirse a una barandilla o fumarse una trompeta, se lo comunica al Athletic? No vulnera eso cualquier regulación sobre protección de datos?


de oídas creo que la ertzaintza tiene la obligación de comunicar cualquier sanción en el ámbito de los recintos deportivos no solo al Athletic sino a todos los clubs, para que estos controlen por ejemplo si esa persona tiene prohibido el acceso a recintos deportivos.

60 DÍAS DE BANEO POR LLAMAR SINVERGÜENZA A UN PERSONAJE PUBLICO.

Respuesta #219
el 10 de febrero a las 14:07
Cita de TWIR:
Cita:


Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.


La verdad es que desconozco el estatuto, como está redactado, ni la intención que tiene. No me la he leído. Si la han redactado grandes profesionales, que no se quienes son, tampoco lo discuto. Pero si elevan a definitiva una sanción administrativa subiudice, traspolando sus consecuencias como si fuera firme, supongo que tendrán una trampilla de salida por si esa sanción es revocada por los Tribunales. Sino... pues habría que darle una vueltita, por higiene democrática y justicia material, ¿no crees?
De todas formas, insisto, hablo sin conocimiento de causa, porque nunca me he molestado en leerme los estatutos. También conozco a alguno de la comisión (de refilón, eso si), y me voy a ahorrar mi opinión.

Denbora da poligrafo bakarra

Respuesta #220
el 10 de febrero a las 14:08
Cita de TWIR:
Cita:


Se me ocurren varias cosas que SI PUEDEN HACER.
No hablop de cambiar estatutos hombre, y ni lo menciono. Ni de incumplir la Ley o los estatutos.
Hablo de no tomar medidas ante una sanción administrativa que n o es firme mientras está subiudice. Hablo de mediar con la policía, o con el GV, pidiéndoles que no increpen, provoquen, falten a los aficionados; luego la Ertzaintza hará caso, o no. Cosas que, según la propia ICHH la anterior Junta SI HACIA. Desconozco como lo tratan en el reale, Mendi o el Reyno; pero si tienen estos problemas, los gestionan mejor.


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.


La verdad es que desconozco el estatuto, como está redactado, ni la intención que tiene. No me la he leído. Si la han redactado grandes profesionales, que no se quienes son, tampoco lo discuto. Pero si elevan a definitiva una sanción administrativa subiudice, traspolando sus consecuencias como si fuera firme, supongo que tendrán una trampilla de salida por si esa sanción es revocada por los Tribunales. Sino... pues habría que darle una vueltita, por higiene democrática y justicia material, ¿no crees?
De todas formas, insisto, hablo sin conocimiento de causa, porque nunca me he molestado en leerme los estatutos. También conozco a alguno de la comisión (de refilón, eso si), y me voy a ahorrar mi opinión.

Denbora da poligrafo bakarra

Respuesta #221
el 10 de febrero a las 14:51
Cita de gaztelugatxe:
Cita:




La JD no tiene postura más allá de los diversos reglamentos aprobado por los socios, los estatutos aprobados por los socios y las diversas leyes que nos atañen a todos/as por mucho que no nos gusten, ninguna de elllas de elegido cumplimiento por la JD sino por imposición legal y de sus funciones como JD del Athletic.

Esa es la REALIDAD, luego cada uno se monta su película.

No hay dos posturas, solo hay una que quiere pasarse for el forro la ley y el reglamento del club


Aupa Twir;
Te había escrito una parrafada larguísima, que por lo que sea no se ha publicado.
En fin, resumiendo, claro que la Junta tiene una postura. Debe tenerla.
Y no para hacer cumplir la norma o los estatutos, sino para procurar la paz social. elegimos a nuestros gestores y administradores para que procuren el bienestar económico, deportivo y social, intentando lograr la paz social entre sus miembros.
No es una tarea fácil, pero la habilidad de los mandatarios también si mide en este aspecto. No dejar que se cronifique un problema, evitar magnificarlo, o evitar la creación de bandos enfrentados es también labor del buen administrador. No pido que cedan; pido que creen puntos cómodos para la convivencia lo más armónica posible.
No digo que esta junta lo haga, ojo; lo que le pido es que tenga en cuenta que el Athletic es un ecosistema muy delicado, y que nos necesitamos a todos. Con nuestras diferencias, pero a todos.
La ICHH ha presentado unas quejas, lo ha hecho de forma equivocada, y la masa social se lo ha hecho saber con claridad (más o menos acertadamente, como hemos leído).
Ahora, al enemigo vencido, puente de plata. Déjales una salida, déjales un espacio, no les humilles, en definitiva. El padre del hijo prodigo es un buen padre, aunque el hijo vuelva no porque se arrepiente, sino porque tiene hambre. El padre del hijo prodigo es sabio.
Un abrazo, Twir.



Lo mas sensato que he leido sobre este tema.

Ojala te lean quienes tienen tomar decisiones
Respuesta #222
el 10 de febrero a las 15:00
Cita de athletic85:
Cita:


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.


La norma si puede adolecer de defecto al imponer una sanción en base a una sanción que no es firme, ya que puede atentar contra derechos del socio. Otra cosa, es que se dicte la sanción pero que se suspenda de manera cautelar hasta la firmeza del procedimiento que da origen a la sanción.

Por supuesto, hay que ver la causa del procedimiento origen administrativo para optar por la suspensión cautelar.

¿Se deben proteger los intereses del Club? Si. ¿Se deben tambien proteger los derechos del socio? Tambien


No se yo si tendrá algun resquicio, esa norma está copiada de clubs que han tenido problemas con hinchas y se incluyó por lo que podría pasar….

Pero aun así ESA ES LA FORMA, la que planteas tú y el otro forero: oye esta norma igual no está bien redactada o puede soslayarse de tal forma, ¿de qué origen en la sanción? ¿Se puede suspender cautelarmente? no con “ahora me enfado, no respiro y no animo” y de paso me enemistó con el resto de socios.

60 DÍAS DE BANEO POR LLAMAR SINVERGÜENZA A UN PERSONAJE PUBLICO.

Respuesta #223
el 10 de febrero a las 15:31
Cita de TWIR:
Cita:


La norma si puede adolecer de defecto al imponer una sanción en base a una sanción que no es firme, ya que puede atentar contra derechos del socio. Otra cosa, es que se dicte la sanción pero que se suspenda de manera cautelar hasta la firmeza del procedimiento que da origen a la sanción.

Por supuesto, hay que ver la causa del procedimiento origen administrativo para optar por la suspensión cautelar.

¿Se deben proteger los intereses del Club? Si. ¿Se deben tambien proteger los derechos del socio? Tambien


No se yo si tendrá algun resquicio, esa norma está copiada de clubs que han tenido problemas con hinchas y se incluyó por lo que podría pasar….

Pero aun así ESA ES LA FORMA, la que planteas tú y el otro forero: oye esta norma igual no está bien redactada o puede soslayarse de tal forma, ¿de qué origen en la sanción? ¿Se puede suspender cautelarmente? no con “ahora me enfado, no respiro y no animo” y de paso me enemistó con el resto de socios.


Eso no lo discuto, y es mi postura. Tienes quejas con la actuación de la Ertzaintza, usa los mecanismos que existen frente a la Ertzaintza.

El Athletic (como Club) pueden estar actuando de manera incorrecta al sancionar, usa los mecanismos que existen frente al Club.

Por qué hay mecanismos legales para ellos.

Incluso, te quieres quejar de la JD hazlo como se ha hecho siempre pitadas, pañoladas,...

Pero si actitud solo perjudica al equipo y a ellos mismos. No están siendo inteligentes, y están, bajo mi punto de vista, muy mal asesorados
Respuesta #224
el 10 de febrero a las 15:32
Cita de TWIR:


para no tomar medidas mientras la sanción no es firme habria que modidicar esa norma y volvemos al tema de la asamblea, ¿la norma tiene algun defecto? NO, ¿la norma cumple su función que es proteger los intereses del club? SI.

¿porque habría de modificarse una norma perfectamente redactada y que cumple la función para la que se redacto? repito que el problema es que La Ertzaintza, conocedores de la norma la usan para putear a ICHH.

No es la función de esa norma proteger a socios ni espectadores sino al club, una norma mas que común en ámbitos similares, nuestros estatutos y reglamento han sido redactados por grandes profesionales, blindando al club en lo que debe y a los socios en lo que debe.


Si entrar en el fondo de la cuestión, ni en todo lo que se viene escribiendo estos dias, me voy a centrar unicamente en lo que creo entenderte en este post, porque no estoy para nada de acuerdo.

Dices que la ertzaintza usa la norma para putear a ICHH y que eso es un problema entre ellos. Supongamos que es así, que la Ertzaintza esta aprovechando una norma para usarla vontra unos determinados socios y espectadores. Que no esta usandola de forma responsable y justa para alcanzar la finalidad que tiene esa norma y sin tener en cuenra el espiritu de la misma.

Pues bajo mi punto de vista, si es es asi, ka norma debe mejorarse para tapar ese agujero. Para que no sea pervertida y usada para otros fines que aquellos para los que ha sido creada. Es decir, no es perfecta y debe ajustarse.

Mas aun si ese mal uso perjudica a los socios. No entiendo como puedes decir que el club no sea perjudicado, si lo son los socios. El club no es dolo la JD, ni dus instalaciones o sus simbolos. Tambien lo somos los jugadores, los socios y todos los que formamos parte del club.

Pero es que además, el club tb esta siendo perjudicado al verse afectada la animación.

Que ka norma debe ser modificsda en asamblea y siguiendo todos los tramites necesarios? Por supuesto.

Pero, como digo, si la norma esta siendo aprovechada (que no lo se) para otras cosas que perjudican a socios, por supuesto que debería ser modificado para que eso no pasase.

De hecho, eso es algo muy habitual. Cuantas mormas hemis ido modificando porque se ga visto que eran utilizadas de forma no deseable para hacer cosas que se alejaban del espiritu de la norma? A patadas y normas de muy diferentes rangos.

No hay mas que ver como se han ido modificsndo las normas del repartode entradas para evitar ciertas estrategias que se pensaban no eran las mas adecuadas.

Y acabo recalcando que mi respuesta es solo para rebatirte lo de que la norma es perfecta tal y como esta y que cumple perfectamente su cometido, SI, como apuntas, esta siendo usada pir la ertzaintza para putwar a la ICHH, es que tiene un ahujero por el que se están colando
Respuesta #225
el 10 de febrero a las 15:38
Cita de athletic85:
Cita:


No se yo si tendrá algun resquicio, esa norma está copiada de clubs que han tenido problemas con hinchas y se incluyó por lo que podría pasar….

Pero aun así ESA ES LA FORMA, la que planteas tú y el otro forero: oye esta norma igual no está bien redactada o puede soslayarse de tal forma, ¿de qué origen en la sanción? ¿Se puede suspender cautelarmente? no con “ahora me enfado, no respiro y no animo” y de paso me enemistó con el resto de socios.


Eso no lo discuto, y es mi postura. Tienes quejas con la actuación de la Ertzaintza, usa los mecanismos que existen frente a la Ertzaintza.

El Athletic (como Club) pueden estar actuando de manera incorrecta al sancionar, usa los mecanismos que existen frente al Club.

Por qué hay mecanismos legales para ellos.

Incluso, te quieres quejar de la JD hazlo como se ha hecho siempre pitadas, pañoladas,...

Pero si actitud solo perjudica al equipo y a ellos mismos. No están siendo inteligentes, y están, bajo mi punto de vista, muy mal asesorados


El tema es que en mi opinión como socio el Club no está actuando mal al aplicar esa norma aún ni siendo la sanción en firme, esa norma solo les impide acceder a los medios que el club proporciona para facilitar la animación , medios que pueden usarse para dirigirse a 50.000 personas, no es una norma que les impida el acceso al estadio ni nada más serio.

una norma cuya aplicación aún sin ser firme tiene toda la lógica del mundo además, si a uno le sancionan por decir que Vinicius es noseque le dejamos el micro los siguiente partidos hasta que sea firme la sanción para que crujan al club a multas?

Un poco de coherencia que la norma es muy lógica.

El problema de base vuelve a ser que la ertzaintza conocedora de la norma la usa para putearles, pero ahí el Athletic no tiene nada que ver, si te denuncia la ertzainza injustamente la ley proporciona mecanismos de defensa.

60 DÍAS DE BANEO POR LLAMAR SINVERGÜENZA A UN PERSONAJE PUBLICO.


¿Qué son esos iconos?

Temas nuevos desde tu última visita.

Temas con mensajes nuevos desde tu última visita.

Reiniciar fecha de acceso