Laporte va a ser inscrito: hay precedentes
Pues bueno, ya que los medios y periodistas no quieren hacer su trabajo e informarse correctamente, ya que es más interesante soltar el drama y crear audiencia...ya hago yo el trabajo por ellos.
Existen precedentes relevantes en la normativa de la FIFA y en decisiones judiciales que han sentado doctrina en casos similares al de Laporte.
Registro provisional por falta de respuesta al ITC (Anexo 3, art. 8.2)
Según el reglamento de la FIFA:
- Si la antigua federación no responde a la solicitud de ITC dentro de 15 días, la nueva federación (“new association”) puede emitir un registro provisional del jugador.
- Este registro provisional se convierte en definitivo al cabo de un año, salvo que la federación de origen presente una justificación válida.
- En situaciones de disputa contractual, FIFA puede autorizar la inscripción provisional de manera excepcional, mientras se resuelve el caso.
Esto aplica directamente al caso de Laporte: si Arabia Saudí no responde, el Athletic podría solicitar su inscripción provisional conforme a este marco, incluso sin entrega formal del ITC.
Casos judiciales: el caso de Lassana Diarra y la obligación de emitir ITC
Un precedente judicial de gran peso:
- En un conflicto surgido en 2014 entre Lassana Diarra y Lokomotiv Moscú, Diarra dejó el club tras una rescisión contractual y se encontró con la oposición de la federación para emitir el ITC.
- FIFA rechazó la solicitud del ITC, lo que impidió su registro, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló que tal negativa vulneraba la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. En concreto, determinó que la federación no puede retener el ITC para bloquear el fichaje.
- Como consecuencia, FIFA se vio obligada a reformar sus normas. Desde el 1 de enero de 2025, la negativa a emitir ITC ya no puede servir como herramienta de obstrucción de la movilidad laboral.
Este antecedente refuerza el argumento de que si Al Nassr o la federación saudí bloquean la emisión del ITC, podrían estar vulnerando principios generalmente aceptados, aunque esta doctrina está formulada en el contexto europeo.
Regulatoriamente: El artículo 8.2 permite al Athletic solicitar la inscripción provisional de Laporte si la federación saudí no responde al ITC dentro del plazo.
Desde el ámbito del derecho deportivo y la libre circulación: El caso Diarra (TJUE 2024) refuerza la posición del jugador y del club frente a bloqueos injustificados.
En el futuro, si el caso llega a FIFA o al TAS, estos precedentes legales y reglamentarios ofrecen un respaldo sólido para argumentar negligencia o mala fe por parte de Al Nassr o su federación.
Existen precedentes relevantes en la normativa de la FIFA y en decisiones judiciales que han sentado doctrina en casos similares al de Laporte.
Registro provisional por falta de respuesta al ITC (Anexo 3, art. 8.2)
Según el reglamento de la FIFA:
- Si la antigua federación no responde a la solicitud de ITC dentro de 15 días, la nueva federación (“new association”) puede emitir un registro provisional del jugador.
- Este registro provisional se convierte en definitivo al cabo de un año, salvo que la federación de origen presente una justificación válida.
- En situaciones de disputa contractual, FIFA puede autorizar la inscripción provisional de manera excepcional, mientras se resuelve el caso.
Esto aplica directamente al caso de Laporte: si Arabia Saudí no responde, el Athletic podría solicitar su inscripción provisional conforme a este marco, incluso sin entrega formal del ITC.
Casos judiciales: el caso de Lassana Diarra y la obligación de emitir ITC
Un precedente judicial de gran peso:
- En un conflicto surgido en 2014 entre Lassana Diarra y Lokomotiv Moscú, Diarra dejó el club tras una rescisión contractual y se encontró con la oposición de la federación para emitir el ITC.
- FIFA rechazó la solicitud del ITC, lo que impidió su registro, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló que tal negativa vulneraba la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. En concreto, determinó que la federación no puede retener el ITC para bloquear el fichaje.
- Como consecuencia, FIFA se vio obligada a reformar sus normas. Desde el 1 de enero de 2025, la negativa a emitir ITC ya no puede servir como herramienta de obstrucción de la movilidad laboral.
Este antecedente refuerza el argumento de que si Al Nassr o la federación saudí bloquean la emisión del ITC, podrían estar vulnerando principios generalmente aceptados, aunque esta doctrina está formulada en el contexto europeo.
Regulatoriamente: El artículo 8.2 permite al Athletic solicitar la inscripción provisional de Laporte si la federación saudí no responde al ITC dentro del plazo.
Desde el ámbito del derecho deportivo y la libre circulación: El caso Diarra (TJUE 2024) refuerza la posición del jugador y del club frente a bloqueos injustificados.
En el futuro, si el caso llega a FIFA o al TAS, estos precedentes legales y reglamentarios ofrecen un respaldo sólido para argumentar negligencia o mala fe por parte de Al Nassr o su federación.

Respuestas al tema
Mostrando (61 - 75) de 159 respuestas
Respuesta #61
hace 3 horas
hace 3 horas
Aún queda recurso ante el TAS
Respuesta #62
hace 3 horas
hace 3 horas
Cita de A.Herrera:
Viendo los comentarios estoy convencido que una parte va a tener razón y la otra no.Un saludo
Muy bueno.


¡Aupa Athletic!
Respuesta #63
hace 2 horas y 57 minutos
hace 2 horas y 57 minutos
Cita de LAS KARRERAS:Cita:
Ni por el forro.
Espero que la operación se rompa y no nos cueste ni un Euro.
Sólo faltaba pagar un pastizal por un Jugador que en Enero puede ser un exfutbolista.
Menos mal que le club no piensa como vosotros
Pero comp vamos a pagar ese traspaso y ese sueldo (que en gran parte es para compensar el sueldo que percibía en su ultimo año en arabia, por un jugador que 6 meses despues de poder empezar a jugar puede quedar libre?
Tengo esperanzad que todo se resuelva favorablemente, pero si no, la operacion debe quedar anulada.
Respuesta #64
hace 2 horas y 57 minutos
hace 2 horas y 57 minutos
Cita de ketemeto:
Pues bueno, ya que los medios y periodistas no quieren hacer su trabajo e informarse correctamente, ya que es más interesante soltar el drama y crear audiencia...ya hago yo el trabajo por ellos.
Existen precedentes relevantes en la normativa de la FIFA y en decisiones judiciales que han sentado doctrina en casos similares al de Laporte.
Registro provisional por falta de respuesta al ITC (Anexo 3, art. 8.2)
Según el reglamento de la FIFA:
- Si la antigua federación no responde a la solicitud de ITC dentro de 15 días, la nueva federación (“new association”) puede emitir un registro provisional del jugador.
- Este registro provisional se convierte en definitivo al cabo de un año, salvo que la federación de origen presente una justificación válida.
- En situaciones de disputa contractual, FIFA puede autorizar la inscripción provisional de manera excepcional, mientras se resuelve el caso.
Esto aplica directamente al caso de Laporte: si Arabia Saudí no responde, el Athletic podría solicitar su inscripción provisional conforme a este marco, incluso sin entrega formal del ITC.
Casos judiciales: el caso de Lassana Diarra y la obligación de emitir ITC
Un precedente judicial de gran peso:
- En un conflicto surgido en 2014 entre Lassana Diarra y Lokomotiv Moscú, Diarra dejó el club tras una rescisión contractual y se encontró con la oposición de la federación para emitir el ITC.
- FIFA rechazó la solicitud del ITC, lo que impidió su registro, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló que tal negativa vulneraba la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. En concreto, determinó que la federación no puede retener el ITC para bloquear el fichaje.
- Como consecuencia, FIFA se vio obligada a reformar sus normas. Desde el 1 de enero de 2025, la negativa a emitir ITC ya no puede servir como herramienta de obstrucción de la movilidad laboral.
Este antecedente refuerza el argumento de que si Al Nassr o la federación saudí bloquean la emisión del ITC, podrían estar vulnerando principios generalmente aceptados, aunque esta doctrina está formulada en el contexto europeo.
Regulatoriamente: El artículo 8.2 permite al Athletic solicitar la inscripción provisional de Laporte si la federación saudí no responde al ITC dentro del plazo.
Desde el ámbito del derecho deportivo y la libre circulación: El caso Diarra (TJUE 2024) refuerza la posición del jugador y del club frente a bloqueos injustificados.
En el futuro, si el caso llega a FIFA o al TAS, estos precedentes legales y reglamentarios ofrecen un respaldo sólido para argumentar negligencia o mala fe por parte de Al Nassr o su federación.
Buen trabajo.
Respecte al ciclista. 1,5m
Respuesta #65
hace 2 horas y 54 minutos
hace 2 horas y 54 minutos
Cita de ketemeto:
Pues bueno, ya que los medios y periodistas no quieren hacer su trabajo e informarse correctamente, ya que es más interesante soltar el drama y crear audiencia...ya hago yo el trabajo por ellos.
Existen precedentes relevantes en la normativa de la FIFA y en decisiones judiciales que han sentado doctrina en casos similares al de Laporte.
Registro provisional por falta de respuesta al ITC (Anexo 3, art. 8.2)
Según el reglamento de la FIFA:
- Si la antigua federación no responde a la solicitud de ITC dentro de 15 días, la nueva federación (“new association”) puede emitir un registro provisional del jugador.
- Este registro provisional se convierte en definitivo al cabo de un año, salvo que la federación de origen presente una justificación válida.
- En situaciones de disputa contractual, FIFA puede autorizar la inscripción provisional de manera excepcional, mientras se resuelve el caso.
Esto aplica directamente al caso de Laporte: si Arabia Saudí no responde, el Athletic podría solicitar su inscripción provisional conforme a este marco, incluso sin entrega formal del ITC.
Casos judiciales: el caso de Lassana Diarra y la obligación de emitir ITC
Un precedente judicial de gran peso:
- En un conflicto surgido en 2014 entre Lassana Diarra y Lokomotiv Moscú, Diarra dejó el club tras una rescisión contractual y se encontró con la oposición de la federación para emitir el ITC.
- FIFA rechazó la solicitud del ITC, lo que impidió su registro, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló que tal negativa vulneraba la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. En concreto, determinó que la federación no puede retener el ITC para bloquear el fichaje.
- Como consecuencia, FIFA se vio obligada a reformar sus normas. Desde el 1 de enero de 2025, la negativa a emitir ITC ya no puede servir como herramienta de obstrucción de la movilidad laboral.
Este antecedente refuerza el argumento de que si Al Nassr o la federación saudí bloquean la emisión del ITC, podrían estar vulnerando principios generalmente aceptados, aunque esta doctrina está formulada en el contexto europeo.
Regulatoriamente: El artículo 8.2 permite al Athletic solicitar la inscripción provisional de Laporte si la federación saudí no responde al ITC dentro del plazo.
Desde el ámbito del derecho deportivo y la libre circulación: El caso Diarra (TJUE 2024) refuerza la posición del jugador y del club frente a bloqueos injustificados.
En el futuro, si el caso llega a FIFA o al TAS, estos precedentes legales y reglamentarios ofrecen un respaldo sólido para argumentar negligencia o mala fe por parte de Al Nassr o su federación.
El artículo 8.2 de FIFA sirve si la federación de origen no responde pero aquí la saudí sí respondió aunque tarde así que ese punto no es tan fácil de usar. Lo que sí ayuda es la reforma de FIFA en 2025 tras el caso Diarra que prohíbe bloquear a un jugador reteniendo el ITC. La clave es si el Athletic subió bien todo en plazo porque si no el fichaje sería nulo. Si lo hizo bien Laporte ya es del Athletic por contrato pero federativamente lo tiene difícil hasta que FIFA o el TAS desbloqueen la inscripción o hasta enero porque ahora mismo no está inscrito y no puede jugar.
Respuesta #66
hace 2 horas y 52 minutos
hace 2 horas y 52 minutos
Muchos lo veníamos diciendo que era la peor de las operaciones. La mezcla de tío pesetero con equipo árabe de forraos tocahuevos es criminal y bueno, pues ya se ha visto...
Ahora a rezar por que no se nos rompa ningún central. Muchas otras veces se ha alabado las decisiones de ésta directiva, pero ésta concretamente ha sido una cagada.
Y en cuanto a los recursos que se puedan hacer son eso, recursos. Y ya nos podemos imaginar por la historia reciente de la Uefa cómo van a penalizar a esa gente que los está llenando de petrodólares.
Tururú.
Ahora a rezar por que no se nos rompa ningún central. Muchas otras veces se ha alabado las decisiones de ésta directiva, pero ésta concretamente ha sido una cagada.
Y en cuanto a los recursos que se puedan hacer son eso, recursos. Y ya nos podemos imaginar por la historia reciente de la Uefa cómo van a penalizar a esa gente que los está llenando de petrodólares.
Tururú.
Gora gu ta gutarrak!

Respuesta #67
hace 2 horas y 50 minutos
hace 2 horas y 50 minutos
Bastante quemado con Laporte, todo en esta vida no se puede, no se puede jugar en el Athletic y cobrar como en Arabia.
Quemado con el Athletic, por jugarte a una carta, con un club Arabe y el propio Laporte.
y los Arabes, bueno ,,,,ya hemos visto hace poco lo que hicieron a Hancko, que no son de fiar es evidente.
pues poca esperanza que se solucione nada, caso De Gea del que tanto nos reimos.
muy muy mal.
Quemado con el Athletic, por jugarte a una carta, con un club Arabe y el propio Laporte.
y los Arabes, bueno ,,,,ya hemos visto hace poco lo que hicieron a Hancko, que no son de fiar es evidente.
pues poca esperanza que se solucione nada, caso De Gea del que tanto nos reimos.
muy muy mal.
“No hay pacto que valga entre leones y hombres”
Respuesta #68
hace 2 horas y 46 minutos
hace 2 horas y 46 minutos
Cita de ketemeto:Cita:
Mira sabes cual es el problema?
Que el Athletic Club no se pronuncia cuando tuvo ayer todo el.tiempo del mundo.
Y si no se pronuncia es que no hay caso.
porque si realmente hay caso por que el.club no se pronuncia? Tenemos derecho a que si esto sucede el club lo aclare.
Te lo repito, ¿qué va a pronunciar si está esperando a que otra parte (la FIFA) comunique si se puede inscribir o no?
"el Athleic ha llegado a un acuerdo para la incorporacion de Laporte"
"el club se encuentra penmdiente de la verificacion por parte de la FIFA para que sea inscrito"
Tan dificil es?
"Fichajes Ilusionantes", "No me gusta la 2ª equipacion", "presion alta", "Gure Estiloa y tal", "filosofia a tope", "Riojanos no", "muerte al Rugby", "entrenador TOP", "odio eterno al futbol moderno y eso", "el Betis seha reforzau"
Respuesta #69
hace 2 horas y 45 minutos
hace 2 horas y 45 minutos
Cita de john gael:
Si el Athletic no tuviera aun alguna esperanza, hubieran lanzado un comunicado.
Esta junta ya se ha defendido por escrito y vervalmente de otros temnas, por ahora silencio que es lo mejor en la diplomacia.
Aurten Bai JTK.
Respuesta #70
hace 2 horas y 44 minutos
hace 2 horas y 44 minutos
Cita de Josebita2605:Cita:
Te lo repito, ¿qué va a pronunciar si está esperando a que otra parte (la FIFA) comunique si se puede inscribir o no?
"el Athleic ha llegado a un acuerdo para la incorporacion de Laporte"
"el club se encuentra penmdiente de la verificacion por parte de la FIFA para que sea inscrito"
Tan dificil es?
¿Cuándo ha hecho el club un comunicado así, con algo pendiente?
Respuesta #71
hace 2 horas y 43 minutos
hace 2 horas y 43 minutos
hace unos días, finales de agosto, leí una noticia (no recuerdo que medio era y ya no la encuentro) en que directivos del Atheltic se habían reunido con un despacho de abogados de Reino Unido especializado en litigios entre clubs de futbol, UEFA, FIFA,... como por ejemplo defendiendo a Neymar en el caso que tuvo contra el Barça y otros parecidos.
A lo mejor es que el Athletic se veía venir lo que podía pasar y ya estaba trabajando en la situación actual.
Hay precedentes muy parecidos y a ello hay que agarrarse.
A lo mejor es que el Athletic se veía venir lo que podía pasar y ya estaba trabajando en la situación actual.
Hay precedentes muy parecidos y a ello hay que agarrarse.
AUPA ATHLETIC - AUPA EUSKADI
Respuesta #72
hace 2 horas y 43 minutos
hace 2 horas y 43 minutos
Cita de nxi111:Cita de ketemeto:
Pues bueno, ya que los medios y periodistas no quieren hacer su trabajo e informarse correctamente, ya que es más interesante soltar el drama y crear audiencia...ya hago yo el trabajo por ellos.
Existen precedentes relevantes en la normativa de la FIFA y en decisiones judiciales que han sentado doctrina en casos similares al de Laporte.
Registro provisional por falta de respuesta al ITC (Anexo 3, art. 8.2)
Según el reglamento de la FIFA:
- Si la antigua federación no responde a la solicitud de ITC dentro de 15 días, la nueva federación (“new association”) puede emitir un registro provisional del jugador.
- Este registro provisional se convierte en definitivo al cabo de un año, salvo que la federación de origen presente una justificación válida.
- En situaciones de disputa contractual, FIFA puede autorizar la inscripción provisional de manera excepcional, mientras se resuelve el caso.
Esto aplica directamente al caso de Laporte: si Arabia Saudí no responde, el Athletic podría solicitar su inscripción provisional conforme a este marco, incluso sin entrega formal del ITC.
Casos judiciales: el caso de Lassana Diarra y la obligación de emitir ITC
Un precedente judicial de gran peso:
- En un conflicto surgido en 2014 entre Lassana Diarra y Lokomotiv Moscú, Diarra dejó el club tras una rescisión contractual y se encontró con la oposición de la federación para emitir el ITC.
- FIFA rechazó la solicitud del ITC, lo que impidió su registro, pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló que tal negativa vulneraba la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea. En concreto, determinó que la federación no puede retener el ITC para bloquear el fichaje.
- Como consecuencia, FIFA se vio obligada a reformar sus normas. Desde el 1 de enero de 2025, la negativa a emitir ITC ya no puede servir como herramienta de obstrucción de la movilidad laboral.
Este antecedente refuerza el argumento de que si Al Nassr o la federación saudí bloquean la emisión del ITC, podrían estar vulnerando principios generalmente aceptados, aunque esta doctrina está formulada en el contexto europeo.
Regulatoriamente: El artículo 8.2 permite al Athletic solicitar la inscripción provisional de Laporte si la federación saudí no responde al ITC dentro del plazo.
Desde el ámbito del derecho deportivo y la libre circulación: El caso Diarra (TJUE 2024) refuerza la posición del jugador y del club frente a bloqueos injustificados.
En el futuro, si el caso llega a FIFA o al TAS, estos precedentes legales y reglamentarios ofrecen un respaldo sólido para argumentar negligencia o mala fe por parte de Al Nassr o su federación.
El artículo 8.2 de FIFA sirve si la federación de origen no responde pero aquí la saudí sí respondió aunque tarde así que ese punto no es tan fácil de usar. Lo que sí ayuda es la reforma de FIFA en 2025 tras el caso Diarra que prohíbe bloquear a un jugador reteniendo el ITC. La clave es si el Athletic subió bien todo en plazo porque si no el fichaje sería nulo. Si lo hizo bien Laporte ya es del Athletic por contrato pero federativamente lo tiene difícil hasta que FIFA o el TAS desbloqueen la inscripción o hasta enero porque ahora mismo no está inscrito y no puede jugar.
La federación de Arabia saudi y al nasser son lo mismo, no nos engañemos
Respuesta #73
hace 2 horas y 41 minutos
hace 2 horas y 41 minutos
Si no hay resolución el club no debe decir ni mu.
Mucho se habla de que deben de dar explicaciones. Para qué? Para contentar a cuatro forofos impacientes?
Lo que tiene que hacer es lo que se supone que están haciendo, trabajar para desbloquear la situación y cuando exista una resolución, esperemos que positiva, dar explicaciones.
Cualquier cosa que digan mientras no esté cerrado el asunto podría ser perjudicial.
Mucho se habla de que deben de dar explicaciones. Para qué? Para contentar a cuatro forofos impacientes?
Lo que tiene que hacer es lo que se supone que están haciendo, trabajar para desbloquear la situación y cuando exista una resolución, esperemos que positiva, dar explicaciones.
Cualquier cosa que digan mientras no esté cerrado el asunto podría ser perjudicial.
Respuesta #74
hace 2 horas y 40 minutos
hace 2 horas y 40 minutos
Cita de Garrotxa:
hace unos días, finales de agosto, leí una noticia (no recuerdo que medio era y ya no la encuentro) en que directivos del Atheltic se habían reunido con un despacho de abogados de Reino Unido especializado en litigios entre clubs de futbol, UEFA, FIFA,... como por ejemplo defendiendo a Neymar en el caso que tuvo contra el Barça y otros parecidos.
A lo mejor es que el Athletic se veía venir lo que podía pasar y ya estaba trabajando en la situación actual.
Hay precedentes muy parecidos y a ello hay que agarrarse.
¿Puedes poner un enlace a esa noticia?

Respuesta #75
hace 2 horas y 40 minutos
hace 2 horas y 40 minutos
Cita de ketemeto:Cita:
"el Athleic ha llegado a un acuerdo para la incorporacion de Laporte"
"el club se encuentra penmdiente de la verificacion por parte de la FIFA para que sea inscrito"
Tan dificil es?
¿Cuándo ha hecho el club un comunicado así, con algo pendiente?
tampoco hemos tenido una situación asi....
Pero vamos, que tampoco se acababa el mundo porque alguien del Athletic diese un poco la cara en situaciones asi......ha pasado esto y estamos trabajando,,,punto.
“No hay pacto que valga entre leones y hombres”