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Respuestas al tema

Mostrando (46 - 49) de 49 respuestas

Respuesta #46
hace 1 hora y 25 minutos
Cita de Piru84:
Cita de Luisadelafue:
La expulsion es un chiste. Nos faborecieron .punto


Te equivocas. En las expulsiones por agresion lo que importa es la intencion, no el resultado.

¿Intenta Brais agredir a Paredes? ¿De hecho le llega a tocar la cara?

No hay mas preguntas, señoria.


Así de claro. Si no se saben las normas... No hat más preguntas, senoría.
Respuesta #47
hace 1 hora y 5 minutos
Cita de peelce:
Cita:


Para mí, de acuerdo con el reglamento.


Circular del CTA

https://rfef.es/sites/default/files/circular_3_24-25.pdf

No se considera una mano como infracción si:

"MANO TRAS BALÓN JUGADO POR EL PROPIO JUGADOR
Si el jugador juega deliberadamente el balón y éste golpea su propia mano/brazo."

¿La mano de Guedes cumple este criterio? Es evidente que sí. Luego, de acuerdo con el Reglamento, no es mano.


Se considera una mano como infracción si:

"MANO EN POSICIÓN ANTINATURAL
Jugador que ocupa con su brazo/mano un espacio mayor, corriendo un riesgo y, como consecuencia de ello, corta el pase de un contrario, un disparo a portería, etc.
Este tipo de situaciones abarca casos en los que:
- Mano o brazo están claramente despegados y alejados del cuerpo."

¿La mano de Yuri contra el Sevilla cumple este criterio? Ocupa un espacio mayor, corre un riesgo, corta el pasde de un contrario y está claramente separada y alejada del cuerpo. Por tanto, de acuerdo con el Reglamento, sí es mano.


Pero nada de eso está en el reglamento. La circular del CTA es española, y el reglamento es de la FIFA y lo cambia la International Board si no recuerdo mal. En el reglamento no dice ni mano al balón, ni si está apoyada en el suelo, ni corte un pase, etc. Lo que hace el CTA es decidir cuando no va a aplicar el reglamento, lo que pide el reglamento es que el árbitro decida si el jugador toca voluntariamente o voluntariamente se hace más grande para cortar una jugada (esto en el reglamento te suelta lo de antinatural y demás). El CTA dice que el árbitro no tiene criterio para decidirlo en ciertas circunstancias en las que se resolverá sin criterio del árbitro, como un fuera de juego, si se produce A se pita pentalti. Por eso lo de Vivian contra el Mallorca solo te lo pueden pitar si el árbitro decide que es voluntaria o si se hace "grande" voluntariamente para que le pegue el balón... y luego tuvo los huevos el CTA de defender la decisión del árbitro.

Creo que lo que dice el reglamento es:

"Cometerá infracción el jugador que:

- toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón con estas partes del cuerpo;

- toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano o el brazo se posicionen de manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio. Se considerará que un jugador ha conseguido que su cuerpo ocupe más espacio de manera antinatural cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esa acción concreta o no se pueda justificar por dicho movimiento. Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo y esto suponga una infracción;

marque gol en la portería adversaria:

- directamente con la mano o el brazo —incluso si la acción se produce de forma accidental—, incluido el guardameta;

- inmediatamente después de que el balón le toque en la mano o el brazo, incluso de manera accidental."
Respuesta #48
hace 1 hora y 2 minutos
Cita de Luisadelafue:
La expulsion es un chiste. Nos faborecieron .punto


Querrás decir que os perjudicaron.

IZAN ZIRELAKO GARA, GARELAKO IZANGO DIRA

Yo vi jugar a Aritz Aduriz

Betirarte, Pitu

Mila esker Marcelo Bielsa, ez zaitugu inoiz ahaztuko

Respuesta #49
hace 30 minutos
Cita de Gilen:
Cita:


Circular del CTA

https://rfef.es/sites/default/files/circular_3_24-25.pdf

No se considera una mano como infracción si:

"MANO TRAS BALÓN JUGADO POR EL PROPIO JUGADOR
Si el jugador juega deliberadamente el balón y éste golpea su propia mano/brazo."

¿La mano de Guedes cumple este criterio? Es evidente que sí. Luego, de acuerdo con el Reglamento, no es mano.


Se considera una mano como infracción si:

"MANO EN POSICIÓN ANTINATURAL
Jugador que ocupa con su brazo/mano un espacio mayor, corriendo un riesgo y, como consecuencia de ello, corta el pase de un contrario, un disparo a portería, etc.
Este tipo de situaciones abarca casos en los que:
- Mano o brazo están claramente despegados y alejados del cuerpo."

¿La mano de Yuri contra el Sevilla cumple este criterio? Ocupa un espacio mayor, corre un riesgo, corta el pasde de un contrario y está claramente separada y alejada del cuerpo. Por tanto, de acuerdo con el Reglamento, sí es mano.


Pero nada de eso está en el reglamento. La circular del CTA es española, y el reglamento es de la FIFA y lo cambia la International Board si no recuerdo mal. En el reglamento no dice ni mano al balón, ni si está apoyada en el suelo, ni corte un pase, etc. Lo que hace el CTA es decidir cuando no va a aplicar el reglamento, lo que pide el reglamento es que el árbitro decida si el jugador toca voluntariamente o voluntariamente se hace más grande para cortar una jugada (esto en el reglamento te suelta lo de antinatural y demás). El CTA dice que el árbitro no tiene criterio para decidirlo en ciertas circunstancias en las que se resolverá sin criterio del árbitro, como un fuera de juego, si se produce A se pita pentalti. Por eso lo de Vivian contra el Mallorca solo te lo pueden pitar si el árbitro decide que es voluntaria o si se hace "grande" voluntariamente para que le pegue el balón... y luego tuvo los huevos el CTA de defender la decisión del árbitro.

Creo que lo que dice el reglamento es:

"Cometerá infracción el jugador que:

- toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón con estas partes del cuerpo;

- toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano o el brazo se posicionen de manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio. Se considerará que un jugador ha conseguido que su cuerpo ocupe más espacio de manera antinatural cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esa acción concreta o no se pueda justificar por dicho movimiento. Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo y esto suponga una infracción;

marque gol en la portería adversaria:

- directamente con la mano o el brazo —incluso si la acción se produce de forma accidental—, incluido el guardameta;

- inmediatamente después de que el balón le toque en la mano o el brazo, incluso de manera accidental."


Las circulares del CTA clarifican y desarrollan las reglas del juego de la IFAB.

De todas formas, yo solo he clarificado la de Yuri vs Sevilla y la de Yuri vs Mallorca, no la de Vivian.

¿Qué son esos iconos?

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