Claúsulas de rescisión

Mensajes: 2.244
Registro: 05/01/2009

Publicado hace 10 horas y 35 minutos
Leído: 5.401
https://www.mundodeportivo.com/futbol/athletic-bilbao/20250618/1002485087/politica-comunicacion-athletic-cuantia-clausulas.html

Egun on

Si el club no publica o no informa sobre los importes de la cláusulas de rescisión, como se sabe
que la de Nico es de 58 más la subida del IPC?
Es el agente o su entorno el que lo filtra?
Por lo visto sólo informa cuando no hay importe, por ejemplo, en los casos de Unai Simón o de Jaure...
O en las renovaciones ya antiguas de iñaki (135) y de yeray (70)
Es bueno saber los importes, es malo, son los agentes los que juegan con esa información?
Y no lo escribo con motivo del manido tema de Nico..lo digo por los jugadores en general.
ORAIN ETA BETI, AUPA ATHLETIC!!

Respuestas al tema

Mostrando (76 - 90) de 91 respuestas

Respuesta #76
hace 6 horas y 22 minutos
Cita de pbi1mp:
Con lo que yo no estoy de acuerdo es con la interpretación que hace Hacienda del pago de las cláusulas de rescisión.

Para Hacienda es algo similar al pago de un traspaso.

Todos sabemos que la cláusula de rescisión la paga el jugador con dinero del club que le quiere fichar.
En realidad, a mí me parece que hay un lucro para el jugador porque recibe un dinero de un club para romper su contrato e irse a ese club en el que va a tener mejores condiciones, lo que le supone el lucro.
Por tanto debería pagar el IRPF de ese incremento patrimonial que le supone recibir un dinero de un club para un beneficio personal suyo como es romper el contrato que le une a su actual club.


Ya desde que nacieron las cláusulas de rescisión se estipuló que el Club por el que fichara era responsable subsidiario de abonarlas...

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #77
hace 6 horas y 8 minutos
Cita de Peio_70:
Cita de pbi1mp:
Con lo que yo no estoy de acuerdo es con la interpretación que hace Hacienda del pago de las cláusulas de rescisión.

Para Hacienda es algo similar al pago de un traspaso.

Todos sabemos que la cláusula de rescisión la paga el jugador con dinero del club que le quiere fichar.
En realidad, a mí me parece que hay un lucro para el jugador porque recibe un dinero de un club para romper su contrato e irse a ese club en el que va a tener mejores condiciones, lo que le supone el lucro.
Por tanto debería pagar el IRPF de ese incremento patrimonial que le supone recibir un dinero de un club para un beneficio personal suyo como es romper el contrato que le une a su actual club.


Ya desde que nacieron las cláusulas de rescisión se estipuló que el Club por el que fichara era responsable subsidiario de abonarlas...


Eso es con lo que yo estoy en desacuerdo.
El Club al que se quiere ir es irrelevante en el contrato entre un jugador y su club.
Es el jugador el que rompe su contrato. Pero lo hace con dinero que le regala otro Club. Eso es un incremento patrimonial que deberia tributar, al menos por Donaciones.

ODIO ETERNO AL FÚTBOL MODERNO

Respuesta #78
hace 5 horas y 58 minutos
Cita de pbi1mp:
Cita:


Ya desde que nacieron las cláusulas de rescisión se estipuló que el Club por el que fichara era responsable subsidiario de abonarlas...


Eso es con lo que yo estoy en desacuerdo.
El Club al que se quiere ir es irrelevante en el contrato entre un jugador y su club.
Es el jugador el que rompe su contrato. Pero lo hace con dinero que le regala otro Club. Eso es un incremento patrimonial que deberia tributar, al menos por Donaciones.


Como te digo, está estipulado en la ley.

Pero es que, aunque no lo estuviera, siempre podría sortearse, creando un "préstamo entre particulares" a devolver con la ficha anual, que se habrá visto previamente inflada a tal fin.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #79
hace 5 horas y 52 minutos
Cita de Peio_70:
Cita:


Eso es con lo que yo estoy en desacuerdo.
El Club al que se quiere ir es irrelevante en el contrato entre un jugador y su club.
Es el jugador el que rompe su contrato. Pero lo hace con dinero que le regala otro Club. Eso es un incremento patrimonial que deberia tributar, al menos por Donaciones.


Como te digo, está estipulado en la ley.

Pero es que, aunque no lo estuviera, siempre podría sortearse, creando un "préstamo entre particulares" a devolver con la ficha anual, que se habrá visto previamente inflada a tal fin.

Pero de esa "ficha anual" tendría que pagar casi la mitad a Hacienda, no?

Soy responsable de lo que digo, no de lo que tú hayas entendido.

Respuesta #80
hace 5 horas y 45 minutos
Otiá!!!!

Foreverrr!! plasss plasss (palmadas)!!! Al salooonnn!!!

"Has sido sancionado
Ayúdanos a hacer un foro mejor"

Respuesta #81
hace 5 horas y 36 minutos
Cita de Untzuetapico:
Cita:


Como te digo, está estipulado en la ley.

Pero es que, aunque no lo estuviera, siempre podría sortearse, creando un "préstamo entre particulares" a devolver con la ficha anual, que se habrá visto previamente inflada a tal fin.

Pero de esa "ficha anual" tendría que pagar casi la mitad a Hacienda, no?


No creo porque se lo descontarían directamente de su nómina.

Respuesta #82
hace 5 horas y 32 minutos
Cita de noserick:
Sumale el 21% de IVA y la retención IRPF....y te sale un pico....

En el caso de pago de clausulas no hay IVA, no se está intercambiando ningún bien, solo se está rompiendo un contrato.
En cuanto al IRPF, creo recordar que se dijo, que como a fin de cuentas no es el jugador el que hace efectivo el importe de la cláusula, no ha lugar ya que no ha recibido ningún ingreso que justificar a hacienda.

Nunca discutas con un ignorante, te hará descender a su nivel y ahí te vencerá por experiencia
Mark Twain

Respuesta #83
hace 5 horas y 29 minutos
Cita de ariari:
Cita de noserick:
Sumale el 21% de IVA y la retención IRPF....y te sale un pico....
ojala las clausulas tuvieran iva, pero es indenmizacion. No llevan. Siempre he tenido una duda:
Para alguno que sepa, en caso de venta de un jugador, (pongamos Adu Ares por un kilo) El club haria una factura asi:
-Venta de Adu Ares 1000000€
-Iva 21% ---- 21%   210000€
Total    ---------1210000€
Y se ingresaria en hacienda foral de Bizkaia? Dadas las cantidades que se manejan, como bizkaitarras nos podria interesar que se traspasaran jugadores, en vez de clausulazos....
   

Creo que es así, pero el club que paga el traspaso, depués lo repercutiría en la siguiente declaración, y hacienda debería devolverselo, con lo cual nos quedamos igual.

Nunca discutas con un ignorante, te hará descender a su nivel y ahí te vencerá por experiencia
Mark Twain

Respuesta #84
hace 5 horas y 14 minutos
Venga va!

Os adjunto enlace a una Resolución Vinculante de la DGT (los de los coches no!, los otros!).

Pero gutxigorabera :

IVA :No hay.

IRPF del jugador : La ganancia patrimonial al recibir el dinero del nuevo club para pagar la claúsula de rescision se compensa con la perdida patrimonial del jugador al pagar la indemnización a su club de origen.

100-100=0.

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0687-17-16-03-2017-1443938

P.D. Forever, cobarde!!

"Has sido sancionado
Ayúdanos a hacer un foro mejor"

Respuesta #85
hace 4 horas y 56 minutos
Editada hace 4 horas y 55 minutos
Cita de Amaiur:
Cita:


No hay que pagar ni IVA mi IRPF en las claúsulas.


Yo así lo creo también.Una cláusula es una rescisión contractual en lo laboral.No existe transacciones de bienes o servicios.




Hasta hace poco el jugador debía pagar IRPF por ese importe, porque el dinero se lo daba el club de destino para depositar el pago de la claúsula y por tanto se consideraba como un rendimiento de trabajo.
Por eso había traspasos en los que se pagaba más que la cláusula, para que fuese un traspaso y por tanto un acuerdo entre clubes. IRPF suponía un 48%.

Pero eso ha cambiado, y ahora ya no se considera un rendimiento de trabajo con ganancia patrimonial.
Una pena.
Respuesta #86
hace 4 horas y 42 minutos
Cita de Tusto:
Cita:


Yo así lo creo también.Una cláusula es una rescisión contractual en lo laboral.No existe transacciones de bienes o servicios.




Hasta hace poco el jugador debía pagar IRPF por ese importe, porque el dinero se lo daba el club de destino para depositar el pago de la claúsula y por tanto se consideraba como un rendimiento de trabajo.
Por eso había traspasos en los que se pagaba más que la cláusula, para que fuese un traspaso y por tanto un acuerdo entre clubes. IRPF suponía un 48%.

Pero eso ha cambiado, y ahora ya no se considera un rendimiento de trabajo con ganancia patrimonial.
Una pena.


Tampoco sé si ha llegado a pasar. Sí que se ha elucubrado mucho sobre ello, pero no conozco casos concretos en los que haya pasado...

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
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bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #87
hace 4 horas y 37 minutos
Cita de Tusto:
Cita:


Yo así lo creo también.Una cláusula es una rescisión contractual en lo laboral.No existe transacciones de bienes o servicios.




Hasta hace poco el jugador debía pagar IRPF por ese importe, porque el dinero se lo daba el club de destino para depositar el pago de la claúsula y por tanto se consideraba como un rendimiento de trabajo.
Por eso había traspasos en los que se pagaba más que la cláusula, para que fuese un traspaso y por tanto un acuerdo entre clubes. IRPF suponía un 48%.

Pero eso ha cambiado, y ahora ya no se considera un rendimiento de trabajo con ganancia patrimonial.
Una pena.

Una pena no, esto no es un accidente ni una catástrofe natural, esto es obra de los políticos que elegimos dedicados a estrujar cada día más a los de la nómina y legislar para que los multimillonarios no paguen.

Soy responsable de lo que digo, no de lo que tú hayas entendido.

Respuesta #88
hace 4 horas y 29 minutos
Cita de Peio_70:
Cita:




Hasta hace poco el jugador debía pagar IRPF por ese importe, porque el dinero se lo daba el club de destino para depositar el pago de la claúsula y por tanto se consideraba como un rendimiento de trabajo.
Por eso había traspasos en los que se pagaba más que la cláusula, para que fuese un traspaso y por tanto un acuerdo entre clubes. IRPF suponía un 48%.

Pero eso ha cambiado, y ahora ya no se considera un rendimiento de trabajo con ganancia patrimonial.
Una pena.


Tampoco sé si ha llegado a pasar. Sí que se ha elucubrado mucho sobre ello, pero no conozco casos concretos en los que haya pasado...


Thiago al Bayern. 18 de claúsula y pagaron 20 + variables creo.
Respuesta #89
hace 4 horas y 26 minutos
Cita de Reydekopas:
Cita:

eso es un préstamo o una dación en vida..itp ó donación

Creo recordar que los préstamos sin intereses entre particulares no cotizan a Hacienda.

Lo cual no te exime de realizar todos los trámites necesarios para realizarla.

Las donaciones entre padres e hijos creo que van al 1,5%

En cuanto a los prestamos, es así, pero como es lógico está la obligación de devolverlos, de no ser así hacienda te va crujir

Nunca discutas con un ignorante, te hará descender a su nivel y ahí te vencerá por experiencia
Mark Twain

Respuesta #90
hace 4 horas y 22 minutos
Cita de Tusto:
Cita:


Tampoco sé si ha llegado a pasar. Sí que se ha elucubrado mucho sobre ello, pero no conozco casos concretos en los que haya pasado...


Thiago al Bayern. 18 de claúsula y pagaron 20 + variables creo.


Sí, ejemplos de eso, sí. Ejemplos de que se haya llegado a pagar el IRPF con una cláusula, me refiero

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
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