Johaneko

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Publicado el 2 de diciembre a las 01:12
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Este jugador me está gustando mucho, es un jugador muy rápido, un jugador que en línea ofensiva es un cuchillo, lo único que le falta es mejorar defensivamente, yo creo que este chico será junto Rincon nuestros laterales.

Respuestas al tema

Mostrando (46 - 52) de 52 respuestas

Respuesta #46
el 4 de diciembre a las 17:23
Cita de Peio_70:
Cita:


Federativamente, subir puede subir. Pero luego no podría bajar.



Yo es que sigo manteniendo mis dudas. Lo que dice el reglamento:

Artículo 251. Alineación de futbolistas inscritos/as en equipos dependientes.

1. Los/as futbolistas menores de veintitrés años inscritos en equipos dependientes de un club, según se define en el artículo 127, podrán ser alineados/as en categoría o división superior y retornar a la de origen, en el transcurso de la temporada, sin ninguna clase de limitaciones, salvo las que a continuación se indican:

2. Los/as que superen dicha edad, estarán sujetos/as a las prescripciones
que establece el artículo anterior.


Me voy al artículo anterior, y dice:



Artículo 250. Alineación de futbolistas inscritos/as en clubes filiales.


El vínculo entre el club patrocinador y los filiales llevará consigo las siguientes consecuencias:

a) Los/as futbolistas podrán alinearse en cualquiera de los equipos que constituyen la cadena del patrocinador, siempre que hayan cumplido la edad requerida en la categoría y que se trate de un equipo superior al que estuvieren inscritos.

Cuando se produzca la circunstancia prevista en el apartado anterior, el/la futbolista podrá retornar al club de origen salvo que hubiere sido alineado/a en el superior en diez encuentros, de manera alterna o sucesiva, en cualesquiera de las competiciones oficiales en que éste participe, sea cual fuere el tiempo real que hubiesen actuado.


Qué quiere decir lo de "la edad requerida"? que no sea demasiado joven, supongo, y supongo que ahí no influye lo de los 23 años. Entonces nos iríamos al 2º párrafo, del que se podría deducir que un mayor de 23 años no podrá volver si ha jugado en 10 partidos, mientras que un menor de 23 podrá volver aunque haya jugado más ("sin ningún tipo de limitaciones")

No sé, me parece una redacción un poco liosa e incluso ambigua, pero quizá esta última lectura sea la correcta.


Hablan de equipos dependientes y equipo filiales...se te ha escapao esto o que?
Respuesta #47
el 4 de diciembre a las 17:38
Editada el 4 de diciembre a las 17:40
Cita de txitxarra:
Cita:


Yo es que sigo manteniendo mis dudas. Lo que dice el reglamento:

Artículo 251. Alineación de futbolistas inscritos/as en equipos dependientes.

1. Los/as futbolistas menores de veintitrés años inscritos en equipos dependientes de un club, según se define en el artículo 127, podrán ser alineados/as en categoría o división superior y retornar a la de origen, en el transcurso de la temporada, sin ninguna clase de limitaciones, salvo las que a continuación se indican:

2. Los/as que superen dicha edad, estarán sujetos/as a las prescripciones
que establece el artículo anterior.


Me voy al artículo anterior, y dice:



Artículo 250. Alineación de futbolistas inscritos/as en clubes filiales.


El vínculo entre el club patrocinador y los filiales llevará consigo las siguientes consecuencias:

a) Los/as futbolistas podrán alinearse en cualquiera de los equipos que constituyen la cadena del patrocinador, siempre que hayan cumplido la edad requerida en la categoría y que se trate de un equipo superior al que estuvieren inscritos.

Cuando se produzca la circunstancia prevista en el apartado anterior, el/la futbolista podrá retornar al club de origen salvo que hubiere sido alineado/a en el superior en diez encuentros, de manera alterna o sucesiva, en cualesquiera de las competiciones oficiales en que éste participe, sea cual fuere el tiempo real que hubiesen actuado.


Qué quiere decir lo de "la edad requerida"? que no sea demasiado joven, supongo, y supongo que ahí no influye lo de los 23 años. Entonces nos iríamos al 2º párrafo, del que se podría deducir que un mayor de 23 años no podrá volver si ha jugado en 10 partidos, mientras que un menor de 23 podrá volver aunque haya jugado más ("sin ningún tipo de limitaciones")

No sé, me parece una redacción un poco liosa e incluso ambigua, pero quizá esta última lectura sea la correcta.


Hablan de equipos dependientes y equipo filiales...se te ha escapao esto o que?


No habla de equipos filiales , habla de clubes filiales.

Se me ha escapado, el qué?

Primero cito el artículo 251, referente a equipos dependientes, porque es el que trata del tema que hablamos (Bilbao Athletic).

Como ese artículo menciona una excepción para los mayores de 23 años (caso que nos ocupa) y remite al artículo anterior, me voy al artículo anterior, 250, referente a clubes filiales pero que según dice aplica para los mayores de 23 años que juegan en equipos dependientes.

Si no me explico lo sufrientemente claro,    léete el articulo 251 y cuéntame como se lo aplicamos a Eneko Aguilar.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #48
el 4 de diciembre a las 17:52
Cita de Peio_70:
Cita:


Hablan de equipos dependientes y equipo filiales...se te ha escapao esto o que?


No habla de equipos filiales , habla de clubes filiales.

Se me ha escapado, el qué?

Primero cito el artículo 251, referente a equipos dependientes, porque es el que trata del tema que hablamos (Bilbao Athletic).

Como ese artículo menciona una excepción para los mayores de 23 años (caso que nos ocupa) y remite al artículo anterior, me voy al artículo anterior, 250, referente a clubes filiales pero que según dice aplica para los mayores de 23 años que juegan en equipos dependientes.

Si no me explico lo sufrientemente claro,    léete el articulo 251 y cuéntame como se lo aplicamos a Eneko Aguilar.


Pues tú lo has enlazado , equipo dependientes y equipos filiales

No se , tú sabrás
Respuesta #50
el 4 de diciembre a las 17:55
Editada el 4 de diciembre a las 18:00
Cita de txitxarra:
Cita:


No habla de equipos filiales , habla de clubes filiales.

Se me ha escapado, el qué?

Primero cito el artículo 251, referente a equipos dependientes, porque es el que trata del tema que hablamos (Bilbao Athletic).

Como ese artículo menciona una excepción para los mayores de 23 años (caso que nos ocupa) y remite al artículo anterior, me voy al artículo anterior, 250, referente a clubes filiales pero que según dice aplica para los mayores de 23 años que juegan en equipos dependientes.

Si no me explico lo sufrientemente claro,    léete el articulo 251 y cuéntame como se lo aplicamos a Eneko Aguilar.


Pues tú lo has enlazado , equipo dependientes y equipos filiales

No se , tú sabrás


Donde dice o digo algo de equipos filiales?

Pero no entiendo tu aportación. Me das la razón, me llevas la contraria...

Y si no sabes qué decir, pues haz como si no hubiera escrito nada y solo explica como aplicas tú la normativa a Eneko Aguilar.

Me enlazas un artículo que solo cita al reglamento en una versión más antigua que la que cito yo, pero que, si te fijas, la última frase viene a decir lo mismo que estoy diciendo yo: Los que superen dicha edad estarán sujetos a las prescripciones que establece el artículo 226.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #51
el 4 de diciembre a las 18:33
Cita de Peio_70:
Cita:


Pues tú lo has enlazado , equipo dependientes y equipos filiales

No se , tú sabrás


Donde dice o digo algo de equipos filiales?

Pero no entiendo tu aportación. Me das la razón, me llevas la contraria...

Y si no sabes qué decir, pues haz como si no hubiera escrito nada y solo explica como aplicas tú la normativa a Eneko Aguilar.

Me enlazas un artículo que solo cita al reglamento en una versión más antigua que la que cito yo, pero que, si te fijas, la última frase viene a decir lo mismo que estoy diciendo yo: Los que superen dicha edad estarán sujetos a las prescripciones que establece el artículo 226.


Te comentaba l9 del encabezado de los artículos, el 250 sobre inscritos en clubs filiales y el 251, sobre inscritos en equipos dependientes

A esto me refería.

Y no te enfades, que entiendo que todos estamos con cosa pa´rriba a cuenta del partido de hoy.

Y mi interpretación del artículo que me propones: pues que limitación va implícita cuando dice ´ lo menores de 23 año podrán.."

Aguilar si sube no puede bajar.

Respuesta #52
el 5 de diciembre a las 00:17
Cita de txitxarra:
Cita:


Donde dice o digo algo de equipos filiales?

Pero no entiendo tu aportación. Me das la razón, me llevas la contraria...

Y si no sabes qué decir, pues haz como si no hubiera escrito nada y solo explica como aplicas tú la normativa a Eneko Aguilar.

Me enlazas un artículo que solo cita al reglamento en una versión más antigua que la que cito yo, pero que, si te fijas, la última frase viene a decir lo mismo que estoy diciendo yo: Los que superen dicha edad estarán sujetos a las prescripciones que establece el artículo 226.


Te comentaba l9 del encabezado de los artículos, el 250 sobre inscritos en clubs filiales y el 251, sobre inscritos en equipos dependientes

A esto me refería.

Y no te enfades, que entiendo que todos estamos con cosa pa´rriba a cuenta del partido de hoy.

Y mi interpretación del artículo que me propones: pues que limitación va implícita cuando dice ´ lo menores de 23 año podrán.."

Aguilar si sube no puede bajar.



A ver, sé que son encabezados distintos. El reglamento trata a equipos dependientes (Bilbao Athletic) y clubes filiales (Basconia) de forma similar aunque diferente. El artículo concerniente a jugadores del Bilbao Athletic es el 251, pero hay una casuística para la que deriva al 250, y por eso cito el 250.

La limitación va implícita? cuando dice "Los/as futbolistas menores de veintitrés años inscritos en equipos dependientes podrán ser alineados/as en categoría o división superior y retornar a la de origen", está diciendo dos cosas: que puede subir, y que luego puede bajar. Todo el mundo da por hecho que, si eres mayor de 23, puedes hacer la primera pero no la segunda; y yo digo que en ningún sitio se dice que se pueda hacer la primera, y ahí está la ambigüedad del reglamento que mencionaba antes. Y de hecho, cuando remite al artículo 250 ("Los/as que superen dicha edad, estarán sujetos/as a las prescripciones que establece el artículo anterior."), podemos hacer la siguiente lectura del mencionado 250:

"b) Si la alineación de los/as futbolistas de los filiales lo fuera en un equipo del patrocinador, aquéllos deberán ser menores de veintitrés años, con la excepción prevista en el apartado c) del presente artículo.

c) Tratándose de futbolistas con la condición de portero/a, y únicamente en las competiciones profesionales, podrán ser alineados/as en el primer equipo del patrocinador siempre que sean menores de veinticinco años, con independencia de que su licencia sea de profesional o de no profesional."


Sí, ya sé que habla de filial y patrocinador... pero es que todo el 250 habla de filiales, y sin embargo el 251 nos remite a él.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
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ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.


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