El juez ve dos delitos en el fichaje de Griezmann por el Barcelon

Mensajes: 9.721
Registro: 27/05/2008

Publicado ayer a las 15:38
Editado 1 veces - Última vez ayer a las 15:41
Leído: 3.727
El juez ve dos delitos en el fichaje de Griezmann por el Barcelona
El Atlético de Madrid "lo denunció a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), ya que tenía indicios importantes de que el club había negociado con el jugador directamente entre febrero y marzo de 2019

https://www.elmundo.es/deportes/futbol/2025/10/16/68f0d3d1e9cf4abd078b45b9.html

Administración desleal y falsedad en el pago de 15 millones al Atlético de Madrid para silenciar las pruebas de que había negociado ilegalmente con el jugador entre febrero y marzo del 2019.

Respuestas al tema

Mostrando (1 - 15) de 32 respuestas

Respuesta #1
ayer a las 15:44
Pues lo de negociar a la espalda de los clubs y directamente con el jugador es algo que hacen el 99,9% de los clubs, así que, veremos en que queda.

Porque pasaría a ser una multa en función del pique del club de origen y Osasuna y cía son picones un rato largo

"Se puede cambiar de mujer, pero no de equipo" Athletic Club
Zure alboan egongo gara, gaurtik azken egunera!!!!
Virtus.

Respuesta #2
ayer a las 15:52
Cita de leonbizkaino:
Pues lo de negociar a la espalda de los clubs y directamente con el jugador es algo que hacen el 99,9% de los clubs , así que, veremos en que queda.

Porque pasaría a ser una multa en función del pique del club de origen y Osasuna y cía son picones un rato largo


O eso es lo que creemos...

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #3
ayer a las 16:02


Con respecto al artículo... o patina el mundo, o patina el instructor, cayendo en el error popular de mezclar dos conceptos, que en la normativa FIFA precisaría sustituir un punto y seguido por un punto y aparte, pero que el reglamento general de la RFEF diferencia claramente.

Dice el Mundo:


De esta forma, considera el juez que el Barça "se saltó la normativa FIFA" que establece que "los clubs no pueden contactar con un deportista con contrato vigente si antes no se ha hablando con su equipo" y subraya que "se exceptúan los últimos 6 meses de contrato del futbolista, que no es el caso que nos ocupa".

Dice el Reglamento General de la RFEF:

Artículo 156. Contratación de futbolistas con contrato en vigor.

1. El club que desee contratar a un/a futbolista profesional, deberá comunicar por escrito su intención al club en que aquel se halle adscrito antes de iniciar las negociaciones con el/la futbolista.

2. Todo/a futbolista profesional es libre de suscribir contrato con otro club distinto al que pertenece, si el contrato con éste vence dentro del plazo de seis meses; el que no respetare dicho plazo incurrirá en responsabilidad disciplinaria.

3. En ningún caso la validez de un contrato podrá condicionarse a los resultados positivos de un examen médico o a la concesión de un permiso de trabajo.

Es decir, son dos cosas distintas.

En los últimos 6 meses para negociar también debes avisar (no hay salvedad en el punto 1), pero, una vez avisado, puedes incluso firmar.

Y luego ya habría que saber qué entiende la gente por "negociar a espaldas", si hacerlo sin avisar o sin que el club actual participe en las negociaciones.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #4
ayer a las 16:12
Cita de Peio_70:


Con respecto al artículo... o patina el mundo, o patina el instructor, cayendo en el error popular de mezclar dos conceptos, que en la normativa FIFA precisaría sustituir un punto y seguido por un punto y aparte, pero que el reglamento general de la RFEF diferencia claramente.

Dice el Mundo:


De esta forma, considera el juez que el Barça "se saltó la normativa FIFA" que establece que "los clubs no pueden contactar con un deportista con contrato vigente si antes no se ha hablando con su equipo" y subraya que "se exceptúan los últimos 6 meses de contrato del futbolista, que no es el caso que nos ocupa".

Dice el Reglamento General de la RFEF:

Artículo 156. Contratación de futbolistas con contrato en vigor.

1. El club que desee contratar a un/a futbolista profesional, deberá comunicar por escrito su intención al club en que aquel se halle adscrito antes de iniciar las negociaciones con el/la futbolista.

2. Todo/a futbolista profesional es libre de suscribir contrato con otro club distinto al que pertenece, si el contrato con éste vence dentro del plazo de seis meses; el que no respetare dicho plazo incurrirá en responsabilidad disciplinaria.

3. En ningún caso la validez de un contrato podrá condicionarse a los resultados positivos de un examen médico o a la concesión de un permiso de trabajo.

Es decir, son dos cosas distintas.

En los últimos 6 meses para negociar también debes avisar (no hay salvedad en el punto 1), pero, una vez avisado, puedes incluso firmar.

Y luego ya habría que saber qué entiende la gente por "negociar a espaldas", si hacerlo sin avisar o sin que el club actual participe en las negociaciones.


Y que se entiende por negociar?
Respuesta #5
ayer a las 16:29
otra mas...es el club mas corrupto que existe

UN ATHLETIC APOLITICO
enseñanza publica trilingue.
fuera las carpas del athletic

Respuesta #6
ayer a las 16:37
Si hay una norma absurda en el fútbol, es esa.
Respuesta #7
ayer a las 16:38

No son trigo limpio
Respuesta #8
ayer a las 16:45
Si yo no he entendido mal, el juez no se mete en la norma FIFA de no negociar con jugador con contrato. Ni creo que pudiera hacerlo.

El juez se mete en que el barca pago 15 kilos para que el Atlético no tirara por ahi, y lo disfrazó de otra cosa.

Dicen que el tiempo y el olvido son como hermanos gemelos
que vas echando de más lo que un dia echaste de menos

Respuesta #9
ayer a las 16:51
Griezmann está ya de nuevo en el St. Madrid.
La justicia no puede tardar tanto. ¿Ahora qué?

Aurrera, aurrera. Kopa da gurea.

Respuesta #10
ayer a las 17:02
Tambien habria que investigar al Atletico de Madrid para ver como han imputado esos 15 millones en el balance... si es que lo han hecho... porque huele a dinero en negro que se han quedado cuatro amigos que tira pa´tras.

Aupa Athletic!!!

Respuesta #11
ayer a las 17:05
Editada ayer a las 17:09
Cita de Tusto:
Cita de Peio_70:


Con respecto al artículo... o patina el mundo, o patina el instructor, cayendo en el error popular de mezclar dos conceptos, que en la normativa FIFA precisaría sustituir un punto y seguido por un punto y aparte, pero que el reglamento general de la RFEF diferencia claramente.

Dice el Mundo:


De esta forma, considera el juez que el Barça "se saltó la normativa FIFA" que establece que "los clubs no pueden contactar con un deportista con contrato vigente si antes no se ha hablando con su equipo" y subraya que "se exceptúan los últimos 6 meses de contrato del futbolista, que no es el caso que nos ocupa".

Dice el Reglamento General de la RFEF:

Artículo 156. Contratación de futbolistas con contrato en vigor.

1. El club que desee contratar a un/a futbolista profesional, deberá comunicar por escrito su intención al club en que aquel se halle adscrito antes de iniciar las negociaciones con el/la futbolista.

2. Todo/a futbolista profesional es libre de suscribir contrato con otro club distinto al que pertenece, si el contrato con éste vence dentro del plazo de seis meses; el que no respetare dicho plazo incurrirá en responsabilidad disciplinaria.

3. En ningún caso la validez de un contrato podrá condicionarse a los resultados positivos de un examen médico o a la concesión de un permiso de trabajo.

Es decir, son dos cosas distintas.

En los últimos 6 meses para negociar también debes avisar (no hay salvedad en el punto 1), pero, una vez avisado, puedes incluso firmar.

Y luego ya habría que saber qué entiende la gente por "negociar a espaldas", si hacerlo sin avisar o sin que el club actual participe en las negociaciones.


Y que se entiende por negociar?


No he entrecomillado "negociar", sino "negociar a espaldas".

Yo por negociar entiendo negociar, pactar, dialogar hasta llegar a un acuerdo.

Negociar a espaldas, entiendo que es negociar sin informar al club poseedor de los derechos del jugador. Pero no sé si el forero que hablaba de "negociar a la espalda" se refería a esto, o a que simplemente ese club no participa en las negociaciones.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #12
ayer a las 17:06
Cita de aton:
Tambien habria que investigar al Atletico de Madrid para ver como han imputado esos 15 millones en el balance... si es que lo han hecho... porque huele a dinero en negro que se han quedado cuatro amigos que tira pa´tras.


La noticia dice que "se simuló presuntamente que se adquiría un derecho de tanteo prioritario sobre diferentes jóvenes futbolistas del Atlético de Madrid", entiendo con esto se refiere a la forma de blanquearlo...

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #13
ayer a las 17:08
Cita de TIKO-TIKO:
Si yo no he entendido mal, el juez no se mete en la norma FIFA de no negociar con jugador con contrato. Ni creo que pudiera hacerlo.

El juez se mete en que el barca pago 15 kilos para que el Atlético no tirara por ahi, y lo disfrazó de otra cosa.


Dice la noticia:

Recuerda el instructor que "supuestamente se negoció con un futbolista con contrato en vigor con otro club", tal y como desveló EL MUNDO, que publicó los correos electrónicos de la negociación secreta. De esta forma, considera el juez que el Barça "se saltó la normativa FIFA" que establece que "los clubs no pueden contactar con un deportista con contrato vigente si antes no se ha hablando con su equipo" y subraya que "se exceptúan los últimos 6 meses de contrato del futbolista, que no es el caso que nos ocupa".

Pero es que además de ser normativa FIFA, está traspuesta en el reglamento de la RFEF.

Mundua ez da beti jai, inoiz tristea ere bai,
bainan badira mila motibo kantatzeko alai,
bestela datozen penai ez diet surik bota nahi,
ni hiltzen naizen gauean behintzat eizue lo lasai.

Respuesta #14
ayer a las 17:10

A galeras pues.
Respuesta #15
ayer a las 17:16
Me juego un donut a que prescribe el delito.

¿Qué son esos iconos?

Temas nuevos desde tu última visita.

Temas con mensajes nuevos desde tu última visita.

Reiniciar fecha de acceso