Palcos vips tratamiento hacienda

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Registro: 26/11/2003

Publicado hace 1 hora y 28 minutos
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Estoy pensando en coger un par de palcos vips con una SL y me surge la duda de si hacienda considera ese gasto como una retribución en especie de quien lo usa o si lo acepta como un gasto de la sociedad. ¿Alguien tiene y puede conta su experiencia y cómo lo hace? Gracias.
Sin el Athletic mi vida no tiene sentido. Lastima que algunos parecen no sentirlo asi.

Respuestas al tema

Mostrando (1 - 2) de 2 respuestas

Respuesta #1
hace 1 hora y 4 minutos
Cita de infinito1977:
Estoy pensando en coger un par de palcos vips con una SL y me surge la duda de si hacienda considera ese gasto como una retribución en especie de quien lo usa o si lo acepta como un gasto de la sociedad. ¿Alguien tiene y puede conta su experiencia y cómo lo hace? Gracias.


Sin estar seguro, creo que te puedes meter un porcentaje como gastos de representación.

Entiendo que hablas de pillar un par de asientos, no un par de palcos completos

Yo he ido invitado por alguna empresa a asientos sueltos y no me han pedido el NIF para imputarme una retribución. Ignoro si se hace cuando el que lo utiliza es un empleado. Yo diría que no.

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AÚPA ATHLETIC.e

Respuesta #2
hace 14 minutos
La fórmula más común que emplean las empresas como la que tu refieres es deducirse el pago como gasto.

Es constante el TS avalando dicha interpretación frente a la Agencia Estatal

Pero, ojo, Sentencia de marzo de 2.026 del Tribunal Europeo de Justica que da la razón a la Hacienda española, Sentencia que avala que las empresas no pueden deducirse el Iva pagado por los palcos a los que se invita a los clientes

De modo que quizá deba cambiar la consideración con la que hasta ahora se viene haciendo legalmente. Tenlo en cuenta

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